El 31 de Marzo termina el plazo
para solicitar al Ayuntamiento de Marbella la subvención del I.B.I. para los
titulares de viviendas empadronados en el municipio.
Es esta una noticia, al igual que en el futuro vendrán
otras, que debe ser compartida con todos los propietarios de la Urbanización El
Capricho. Este era, entre otros, el objetivo de la página web: tener un fluido
canal de comunicación que redunde en beneficio de todos.
Como todos sabéis, para este año 2.012 y futuros, el
I.B.I. (Impuesto Bienes Inmuebles) se verá incrementado de forma sustancial,
consecuencia de una revisión de los valores catastrales. El Ayuntamiento de
Marbella, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ordenanza Reguladora del
Otorgamiento de Subvención, ha abierto un plazo –que termina el 31 de marzo- para solicitar una subvención sobre la
citada tasa.
La reducción/bonificación puede alcanzar hasta el 10%, con
las siguientes condiciones:
a) Lo es únicamente para los titulares
de viviendas empadronados en
Marbella (solo una vivienda: la del domicilio de empadronamiento).
b) Solo se
refiere a personas físicas, por lo
tanto las viviendas en las que catastralmente figuren a nombre de una sociedad,
no están incluidas.
c) El plazo de solicitud termina el 31 de marzo de 2.012.
d) No constar como deudor en vía ejecutiva a
fecha 31 de marzo de 2.012.
El trámite es muy sencillo. La solicitud se debe hacer directamente
por el titular de la vivienda, identificándose por medio del D.N.I. en el Ayuntamiento
de Marbella (Plaza de los Naranjos: mostrador de la izquierda) en horario
de mañana. Allí mismo, entregando el D.N.I. se comprobarán los datos que
figuren a nombre del titular y, automáticamente, se cumplimentará el impreso de
subvención que solo debe ser firmado
por tu parte. En el caso que no pudiera ir el titular hay que llevar relleno un
impreso de autorización con copia del D.N.I. del titular.
Las subvenciones son las siguientes:
Vivienda con valor catastral hasta 100.000 euros….
10% de subvención.
Con valor de 100.001 a 200.000 euros ………………. 5% de subvención.
De 200.001
a 300.000 euros …………………………… 3% de subvención.
Más de 300.000 euros ………………………………… 1,50% de subvención.
Espero que esta información te sea de utilidad y, por
favor, no pierdas tiempo ni el plazo para solicitar la subvención porque esto
es mejor que nada. Recibid un saludo, tanto mío, como del resto de compañeros
de la Junta.
José Manuel Beltrán
Presidente.PD.- Os dejo aquí el enlace de la página del Ayuntamiento.
Casa 96.
ResponderEliminar¿Los propietarios que tienen las casas bajo una S.L. también pueden solicitar la subveción?
Saludos.
Independientemente que el plazo terminó el 31 de marzo, la respuesta a tu pregunta es NO. Como se informa en el punto b); solo se refiere a personas físicas, por lo tanto las viviendas que catastralmente figuren a nombre de una sociedad no están incluídas.
ResponderEliminar(Información facilitada por el propio Ayuntamiento).
Hola vecinos:
ResponderEliminarQuería preguntaros si os han aplicado el descuento del IBI. Yo lo solicité en fecha pero me parece que no me han aplicado descuento alguno. Muchas gracias
A quien corresponda: desearía que hablen con Juan el jardinero para ver la posibilidad de quitar el árbol que esta entrando en la calle i a la izquierda ya que en la ultima tormenta de viento se han quebrado muchas ramas de las cuales todavía hay varias colgando,ademas parece que parte del árbol esta seco y de cara al otoño esto puede resultar peligroso Desde ya muchas gracias.
ResponderEliminarAún cuando esta propuesta no tiene nada que ver con este artículo, procedemos a contestarte. Efectivamente, ese árbol que nos indicas ha sido atacado de forma voluntaria por alguien (veáse los dos agujeros circulares que existen en su base y que hemos denunciado a Parques y Jardines). Se ha procedido a una poda importante del mismo para evitar riesgos que nos mencionas y, esperemos, pueda brotar de nuevo.
EliminarUn saludo.
P.D.- En próximas comunicaciones te agradeceríamos indicases en el mensaje nombre y nº de casa.